miércoles, 2 de febrero de 2022

Mes de la Prevención de la Violencia en el Noviazgo

Durante este mes nos unimos a la campaña de la Prevención de la Violencia en el Noviazgo


¿Qué es Violencia en el Noviazgo?


La violencia en el noviazgo es el nombre que se utiliza para describir una conducta en forma de patrón de abuso emocional, físico o sexual de parte de un integrante de la pareja contra el(la) otro(a), en los casos en que las partes no están casadas entre ellas y no conviven. Usualmente el concepto de maltrato o violencia en el noviazgo se utiliza en referencia a parejas de jóvenes, no obstante, este tipo de violencia aplica a cualquier tipo de noviazgo sin distinción de edad ni género.

Señales de Alerta de Violencia en Noviazgos Adolescentes


La violencia en noviazgos adolescentes puede manifestarse mediante el abuso sexual, el uso de lenguaje hiriente o el daño físico en contra de un tercero. El abuso también puede ser el acoso o el asedio de una persona por medio de un teléfono celular o Internet.

Señales de Alerta de una Persona Violenta

  • Manifiesta cambios severos de humor.
  • Da órdenes sobre lo que se debe hacer.
  • Golpea, empuja o patea.
  • Utiliza un arma o amenaza con usarla. 
  • Lo hace sentir solo.
  • Utiliza el lenguaje para ponerlo en una situación de inferioridad.
  • Tiene mal carácter o se enoja fácilmente.

Estadísticas

Una de cada tres jóvenes de los Estados Unidos es víctima de violencia en relaciones adolescentes, conforme a los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades.



¿Qué leyes protegen a las personas que sufren de Violencia en el Noviazgo? 


La violencia en el noviazgo no está tipificada en el Código Penal de Puerto Rico como un delito. Por lo cual, las herramientas disponibles para las víctimas de violencia en el noviazgo son limitadas. Algunas de estas herramientas son: solicitar la orden de protección provista en la Ley Contra El Acecho de Puerto Rico (Ley 284-1999) o la Ley de Prevención e Intervención de Violencia Doméstica (Ley 54-1989). No obstante, la víctima sólo se puede acoger a la protección de la referida Ley 54 cuando existan hijos(as) de la pareja o haya prueba de relaciones sexuales.


Para mán información puede accesar a : https://bvirtualogp.pr.gov , https://www.parklandhospital.com

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